Guías fiscales para despachos contables
Buzón tributario, opinión 32-D, listas del SAT, vigencia de la e.firma, fecha límite por sexto dígito y CFDI cancelados: cada guía contesta arriba y cita el artículo, la regla y la fecha.
Buzón tributario: cuántos días tienes para abrir una notificación del SAT
Tienes tres días para abrir una notificación del buzón tributario; si no la abres, se tiene por hecha al cuarto día contado desde el día siguiente al aviso (CFF art. 134, fracc. I). Son días hábiles, y las vacaciones del SAT los suspenden pero no mueven la fecha límite de tus declaraciones (CFF art. 12).
CFDI cancelados y facturas PPD sin complemento de pago: plazos y efectos
Un CFDI se puede cancelar a más tardar en el mes en que se presenta la declaración anual del ejercicio en que se expidió, y sólo si el receptor acepta (CFF art. 29-A). En una factura PPD, cada pago lleva un CFDI con complemento de pago a más tardar el quinto día natural del mes siguiente (RMF 2026, regla 2.7.1.32).
Fecha límite de la declaración mensual por sexto dígito del RFC
La declaración mensual vence el día 17 del mes siguiente y, si ese día es inhábil o es viernes, el plazo pasa al siguiente día hábil (CFF art. 12). A eso se suman de uno a cinco días hábiles según el sexto dígito numérico del RFC (Decreto DOF 26-12-2013, art. 5.1).
Listas del SAT 69, 69-B y 49 Bis: qué son y qué hacer si aparece tu RFC o el de un proveedor
El SAT publica tres listas: la del artículo 69 del CFF (incumplidos), la del 69-B (operaciones presuntamente inexistentes) y la del 49 Bis (comprobantes falsos). Si un proveedor está en la definitiva del 69-B, sus comprobantes no producen efecto fiscal y tienes treinta días para probar la operación o corregir.
Opinión de cumplimiento 32-D: qué revisa el SAT, cuánto dura y por qué sale negativa
La opinión de cumplimiento es el documento en el que el SAT dice si estás al corriente: sale positiva, negativa, en suspensión de actividades o inscrito sin obligaciones (RMF 2026, regla 2.1.36). Una positiva vale treinta días naturales desde que se emite.
Vigencia de la e.firma: cuánto dura, cómo saber cuándo vence y cómo renovarla
El certificado de la e.firma dura como máximo cuatro años desde que se expide, y se puede pedir uno nuevo antes de que venza (CFF art. 17-D). Si ya venció, una persona física puede renovarlo con SAT ID dentro del año siguiente al vencimiento (RMF 2026, regla 2.2.14).
Datos medidos
- Tiempos reales del portal y de la descarga masiva del SAT, medidos
Entrar con e.firma al portal de Declaraciones y Pagos tomó de 36 a 40 segundos en ocho de ocho corridas el 22 de septiembre de 2026. Una solicitud de descarga masiva se resolvió en una mediana de 21.5 minutos, y ninguna de 4,690 solicitudes de METADATA entregó paquete.
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